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Renta 2024: ¿Qué novedades trae la declaración de este año?

El próximo 2 de abril arranca la campaña de la declaración de la renta 2024. ¿Qué novedades trae? ¿Sabes a qué deducciones tienes derecho?

31/03/2025  David RamosGestión
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El ciclo de la vida no se detiene. Como todos los años, llega la primavera, el sol empieza a calentar, florecen los campos… y arranca la campaña de la renta.

“En este mundo no hay nada seguro excepto la muerte y los impuestos”, como decía Benjamin Franklin, uno de los padres fundadores de los Estados Unidos.

Y aunque todos los años nos toque pasar por este trance, siempre surgen dudas. Sobre todo, en torno a las novedades que se introducen cada año. Según una encuesta realizada por TaxDown, el 77% de los españoles dicen desconocer cuáles son las novedades que se han implementado este año. Sólo un 3,5% de los consultados aseguran conocer todos los cambios, mientras que el 19% restante afirman estar al tanto de alguno de ellos.

Asimismo, el 81% de los encuestados reconocen que no saben cuántas deducciones autonómicas hay en España. De hecho, apenas un tercio de ellos (35%) aseguran haberse aplicado alguna vez una de estas deducciones, que no se incluyen automáticamente en el borrador que ofrece la Agencia Tributaria (AEAT).

¿Cuándo y cómo presentar la declaración de la renta?

La campaña de la declaración de la renta 2024 arranca este año el 2 de abril y se extiende hasta el 30 de junio, ambos inclusive. Aunque hay que tener en cuenta que el plazo concluye el 25 de junio si el resultado de la declaración es a ingresar mediante domiciliación bancaria.

Como todos los ejercicios, disponemos de varias formas de presentar la declaración de la renta. La manera más cómoda y popular es por medios electrónicos, a través de la Sede electrónica de la AEAT, accediendo a ‘Campaña de Renta 2024’ y entrando en ‘Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)’.

“Es muy importante comprobar bien los datos que aparecen en este borrador, tanto los personales como los relativos a las rentas, ya que en ocasiones existen errores”, subraya Victoria Gutiérrez, profesora de Economía y Empresa de la Universidad Europea de Madrid (UEM).

Hay que recordar que se necesita algún sistema de identificación electrónica, como certificado electrónico, Cl@ve Móvil, incluye Cl@ve PIN), número de referencia o eIDAS.

También se puede hacer por teléfono, pidiendo cita con el servicio ‘Le llamamos de la AEAT. “El plazo para solicitar este servicio se inicia el 6 de mayo y las citas se darán entre 29 de abril y el 27 de junio de 2025”, detalla Gutiérrez. Se puede pedir cita en la Sede Electrónica de la AEAT o en su app o por teléfono.

Por último, quienes así lo deseen, pueden hacer la declaración de la renta presencialmente, en las oficinas de la AEAT o de entidades colaboradoras. Se puede solicitar esta opción desde el 2 de junio y las citas se darán del 29 de mayo hasta el 27 de junio. Se puede pedir por internet o por teléfono.

Renta 2024: ¿Qué novedades trae la declaración de este año?

Cabe señalar que no todos los contribuyentes pueden hacer la declaración por teléfono o presencialmente. Estás excluidos quienes hayan obtenido rendimientos del trabajo por encima de 65.000 euros, rendimientos del capital mobiliario superiores a 15.000 euros, rendimientos de capital inmobiliario por más de 2 inmuebles alquilados o más de 2 contratos de alquiler o rendimientos de actividades empresariales en módulos.

¿Quiénes están obligados a declarar?

No todos los ciudadanos tienen que presentar la declaración. Con carácter general, no han de hacerla quienes haya ingresado menos de 22.000 euros de rentas del trabajo, cifra que se reduce a 15.876 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (excepto si las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no superan los 1.500 euros).

Atendiendo a los rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales, no estarán obligados a declarar si dichos ingresos han estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales.

También se libran quienes hayan obtenido menos de 1.000 euros entre rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.

Además, la profesora de la UEM recuerda que están obligados a hacer la declaración de la renta quienes tengan derecho a aplicar reducciones en la base o deducciones en la cuota del impuesto, como deducción por inversión en vivienda habitual, deducción por doble imposición internacional o reducciones por haber realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, seguros de dependencia, mutualidades…

También tienen que hacer la renta todas todos los trabajadores autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (RETM).

Y tampoco se escapan los beneficiarios del ingreso mínimo vital, incluyendo tanto los titulares como las personas integrantes de la unidad de convivencia.

¿Y si no la hacemos?

“Si no hemos presentado la declaración o la hemos presentado con errores, Hacienda nos solicitará que la presentemos o la corrijamos. Esto es lo que se conoce como ‘Requerimiento previo’ y supondrá una sanción mayor. Si el propio contribuyente se da cuenta y presenta la Declaración o corrige los errores sin que Hacienda no se lo reclame, la sanción será menor. O incluso puede no existir. En este caso, sólo tendríamos que pagar el recargo por presentación fuera de plazo”, explica Gutiérrez.

Sin requerimiento previo y con resultado a pagar, la sanción será del 1% mensual durante el primer año. A partir de 12 meses de retrase, el recargo es fijo del 15% sobre el total adeudado, además de los intereses de demora del año previo. Y si el resultado es a devolver, la sanción es de 100 euros.

La cosa cambia si es con requerimiento previo. Con resultado a pagar, será una sanción del 50% del importe no declarado para cantidades inferiores a 3.000 euros y si no hay ocultación. Pero se eleva a una sanción del 50% al 100% de la cantidad no declarada si es más de 3.000 euros o hay ocultación y del 100% al 150% en caso de fraude. Con resultado a devolver o sin actividad es una sanción fija de 200 euros.

Novedades de la Renta 2024

La renta de este año trae muchas novedades.

Límite en caso de tener dos pagadores

El límite que excluye de la obligación de presentar la declaración para quienes perciban rendimientos íntegros del trabajo se ha elevado de 15.000 a 15.876 euros para quienes tengan dos o más pagadores.

Incremento de la reducción por rendimientos de trabajo

Se ha aumentado el importe máximo de la reducción por obtención de rendimientos netos previos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros. “Esta reducción ha pasado de 6.498 euros anuales a 7.302 euros para rendimientos netos previos inferiores o iguales a 14.852 euros, cuantía que irá decreciendo en dos tramos (tres en total) a medida que aumenten los citados rendimientos netos previos del trabajo, hasta los 19.747,50 euros”, detalla la experta de la UEM.

Ayudas frente a la DANA

Se han establecido diferentes medidas con el fin de ayudar a los afectados por la DANA de finales de octubre.

Esto se concreta en exenciones para todas las ayudas concedidas a los afectados, la posibilidad de disponer de forma anticipada del dinero depositado en planes de pensiones y otras herramientas similares para atender sus necesidades, la opción de renunciar al método de estimación objetiva para la determinación del rendimiento neto de la actividad económica de los contribuyentes acogidos al mismo en los municipios afectados.

coches siniestrados por la DANA

Incentivos al alquiler

“Con el fin de incentivar el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, se han incrementado los porcentajes de reducción aplicables a los rendimientos netos de capital inmobiliario procedentes del alquiler de estas viviendas”, aclara Gutiérrez

Así pues, a los rendimientos procedentes de contratos suscritos desde el 26 de mayo de 2023 para alquiler de vivienda habitual se les podrán distintos porcentajes de reducción, que van desde el 50% hasta el 90% en nuevos contratos de arrendamiento en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5% sobre el contrato anterior.

Y para contratos anteriores, se introduce una disposición transitoria que permite que se siga aplicando la reducción del 60% a los rendimientos netos del capital inmobiliario procedentes del alquiler de vivienda habitual.

No obstante, hay que recordar que las únicas comunidades autónomas que declaran zonas tensionadas son Cataluña, Navarra, Asturias y País Vasco.

Régimen de imputación de rentas inmobiliarias

“Aunque la normativa establece que la imputación de rentas inmobiliarias se realice al 2% para aquellos inmuebles que hayan sufrido revisión de los valores catastrales hace más de 10 años, se permite, al igual que se hizo en el ejercicio 2023, que se siga aplicando la imputación al 1,1% en aquellos municipios en que los valores catastrales hubieran sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, siempre que hubieran entrado en vigor a partir de 1 de enero de 2012”, puntualiza la profesora de la UEM.

Deducciones por donativos y otras aportaciones

“Para incrementar los incentivos fiscales al mecenazgo, se amplía de 150 a 250 euros la cuantía del primer tramo de la base de deducción sobre la que se aplica el porcentaje del 80%. Asimismo, se eleva el actual porcentaje de deducción aplicable con carácter general del 35% al 40%”, desgrana Gutiérrez.

Además, hace hincapié en la reducción de 4 a 3 años del número de ejercicios en que se han de realizar los donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio anterior para que resulte de aplicación el incremento de 5 puntos porcentuales en el porcentaje de deducción, que se eleva del 40 al 45%.

En este ejercicio también se incluye la cesión de uso de un bien mueble o inmueble realizada sin contraprestación entre las modalidades de donaciones que dan derecho a la deducción.

Deducción por mejora de la eficiencia energética

La experta de UEM destaca que se amplía el plazo de aplicación de las deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2024 en el caso de viviendas habituales y hasta el 31 de diciembre de 2025 en el caso de edificios residenciales.

Incentivos al vehículo eléctrico

 “Continúan siendo aplicables, para la declaración de 2024, las dos deducciones que establece la disposición adicional quincuagésima octava en la Ley del IRPF, que son la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible nuevos y la deducción para la instalación de puntos de recarga de baterías para dichos vehículos eléctricos”, puntualiza Gutiérrez.

Nuevo sistema de corrección

Se ha creado un nuevo sistema único para la corrección de autoliquidaciones, en sustitución del antiguo sistema declaración complementaria y solicitud de rectificación. Ahora se hace mediante autoliquidación rectificativa, que permite rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad.

Más medios de pago

En caso de que tu declaración de la renta salga a pagar, ahora se admiten como medios de pago tanto tarjetas bancarias de débito y crédito como las transferencias instantáneas a través de Bizum.

¿Y qué deducciones tienen los autónomos?

Los autónomos y nuevos emprendedores tienes a su disposición algunas deducciones fiscales que conviene aprovechar para optimizar la declaración de la renta.

Gastos de difícil justificación

“Entre las deducciones más relevantes para los autónomos destacan los gastos de difícil justificación, que permiten deducirse un 5% de los rendimientos netos, con un límite de 2.000 euros anuales”, apunta Holded.

Gastos de suministros del hogar

“Aquellos que trabajan desde casa pueden deducir el 30% de los suministros del hogar, como electricidad, agua e internet, siempre que se acredite la proporción de la vivienda destinada a la actividad económica”, indica la compañía de software de facturación.

Dietas y manutención

“Otro aspecto clave es la deducción de dietas y gastos de manutención, que permite descontar hasta 26,67 euros diarios en territorio nacional y 48,08 euros en el extranjero, siempre que se realicen en establecimientos de restauración y se paguen por medios electrónicos, tal y como establece la ley”, detalla.

Primas del seguro de salud

Holded recuerda que los autónomos también se pueden deducir la prima abonada por seguros de salud, con un límite de 500 euros por persona, incluyendo al cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él.

Amortizaciones de bienes

“Los autónomos pueden amortizar bienes necesarios para su actividad, como equipos informáticos o vehículos, siempre que se acredite su uso profesional”, recalca. 

Deducciones específicas

Además de estas deducciones generales, hay otras específicas. “Por ejemplo, los profesionales que utilicen su vehículo en el ejercicio de su actividad pueden deducir los gastos de combustible, mantenimiento y seguro siempre que se acredite su uso para fines laborales”, insiste Holded.

“También se pueden deducir los gastos en formación, siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica, permitiendo a los autónomos mejorar sus competencias sin asumir un coste fiscal elevado. Asimismo, los gastos de marketing y publicidad, como campañas en redes sociales o diseño web, también son deducibles y pueden contribuir al crecimiento del negocio”, añade.

Beneficios fiscales para nuevos emprendedores

Entre otras ayudas, los nuevos emprendedores cuentan con algunos beneficios en la declaración de la renta. Por ejemplo, disponen de una reducción del 20% en el rendimiento neto de su actividad durante los dos primeros años en los que el resultado sea positivo, “una medida diseñada para aliviar la carga fiscal en los inicios del negocio”, apunta la empresa de facturación.

“Además, quienes hayan contratado a su primer empleado pueden acceder a bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social, facilitando así la expansión de sus empresas”, agrega.

David RamosDesde 2006, soy periodista freelance especializado en información económica, técnica y sectorial.
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