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La reforma de las jubilaciones. Así queda

Cobrar el 100% de la pensión y trabajar, disfrutar de la jubilación parcial durante 3 años o más incentivos por retrasar la edad de jubilación son algunos de los cambios.

02/08/2024  Redacción EmprendedoresGestión
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Tal vez la noticia principal sea la recuperación del clima de diálogo entre la patronal, los representes sindicales y el Gobierno después de meses de desencuentros. El acuerdo alcanzado el pasado 31 de julio por la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social para flexibilizar el sistema de pensiones y jubilaciones lo han suscrito el Gobierno, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, las organizaciones patronales CEOE y CEPYME y las sindicales CCOO y UGT.

“El acuerdo alcanzado hoy es de máxima relevancia para los pensionistas de hoy y del futuro y para los desafíos de nuestro mercado de trabajo, ya que acaba con la dicotomía entre trabajador y pensionista y se adapta a las necesidades de cada persona”, declaraba la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

Por su parte, en un. comunicado conjunto de la CEOE y Cepyme se reconoce que el acuerdo “permite encontrar soluciones flexibles y ajustadas a la nueva realidad y a las necesidades de la economía y del tejido empresarial de España y ratifica el valor del diálogo social como instrumento clave para lograr acuerdos estables, amplios y duraderos en el tiempo, en beneficio del conjunto de los ciudadanos”.

En cuanto a los principales cambios que incorpora la reforma son estos:

Jubilación parcial general: se amplia de 2 a 3 años

La jubilación parcial consiste en reducir la jornada laboral (entre un 25% y 75%) sustituyendo las horas no trabajadas por otro trabajador bajo la modalidad de un contrato de relevo, aunque no siempre.

La jubilación parcial que se reconoce con carácter general a todos los sectores productivos concentra el grueso de este tipo de pensiones. Recuerdan en un artículo publicado en la web de CCOO que “su regulación se vio gravemente afectada por la limitación en su uso a un máximo de 2 años por la reforma impuesta en su momento por el Partido Popular en 2013”. 

“Ahora se corrige este recorte y se amplía a 3 años el tiempo que puede utilizarse (a partir de los 62 años, según la carrera de cotización de cada persona), manteniéndose el resto de los requisitos (33 años cotizados, 6 años de antigüedad en la empresa…)

CCOO subraya también el hecho de que en el marco de la negociación colectiva pueda acordarse cómo se produce la jornada de trabajo que debe realizar el jubilado parcial, de modo que puede concentrarse en un único periodo o hacerlo por años, meses, semanas o días. 

Mejoras para los trabajadores relevistas

Con respecto al relevista, la persona que se contrataba para suplir las horas de un jubilado parcial, ahora el contrato deberá ser obligatoriamente indefinido y a jornada completa, no en proporción a la reducción de la jornada.

Para CCOO son igualmente importantes las mejoras alcanzadas en materia de calidad del empleo de las personas relevistas, jóvenes en su gran mayoría. Recuerdan que, además de la modalidad del nuevo contrato, “operará también una garantía de mantenimiento de estos empleos hasta dos años después de que el jubilado parcial haya alcanzado la edad de jubilación ordinaria, de manera que el incumplimiento por parte del empresario le hará responsable del reintegro de la pensión que haya percibido el pensionista a tiempo parcial”, afirman.

Jubilación parcial de la industria manufacturera: prórroga hasta 2029

Esta modalidad de jubilación se prorroga hasta el fin de 2029, de manera que se resuelve con plena seguridad jurídica la incertidumbre a la que se han visto abocados los procesos de negociación colectiva de este sector ante la necesidad de acudir a prórrogas anuales.

De igual modo, se ha establecido una marco de progresiva convergencia de esta modalidad de jubilación con la modalidad general, básicamente en el establecimiento de un compromiso de cotización progresiva por la jornada completa que se iniciará en 2025 cotizando por el 40% hasta alcanzar en 2029 una cotización por el 80% de jornada.

En este apartado, añade Pepe Álvarez, secretario general de UGT, los siguientes ajustes: 

– El porcentaje de trabajadores con contrato indefinido en la plantilla alcanzará al menos el 75%.

– Se aplicará el mismo régimen de acumulación de jornada previsto para la jubilación parcial general.

– Podrá incorporarse al proceso de relevo los trabajadores fijos discontinuos

La reforma de las jubilaciones. Así queda

Jubilación demorada: mayores incentivos

La jubilación demorada se basa en seguir trabajando más allá de la edad ordinaria de retiro laboral de tal manera que se compatibiliza el cobro de un salario con un porcentaje de la pensión.

Aquí se mantiene el incentivo de incremento del 4% de la cuantía de la pensión de jubilación por cada año adicional de demora en la jubilación, y se añade un incentivo adicional de un 2% por periodos de demora superior a seis meses e inferior a un año que opera desde el segundo año de demora.

Estas cantidades son compatibles con el acceso a la jubilación activa.

Jubilación Activa: acceso a personas con carreras de cotización incompletas

Se elimina el requisito que exige contar con la carrera completa de cotización para tener acceso a la jubilación activa, por lo que se permite el acceso a la totalidad de personas que se han jubilado demoradamente. Es esta una medida que permite acceder a esta modalidad a personas con carreras más cortas, mayoritariamente mujeres que hasta ahora no podía hacerlo. La medida, a juicio de Moncloa, “tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género”.

Según Pepe Álvarez, secretario general de UGT, los porcentajes de la pensión que se van a poder percibir mientras se trabaja son los siguientes: con un año de demora, un 45%; con dos años de demora, un 55%; con tres años de demora, un 65%; con cuatro años de demora, un 80%; con cinco años de demora, un 100%.

La misma fuente aclara que “en el caso de los autónomos con un trabajador contratado por tiempo indefinido con antigüedad mínima de 18 meses o una nueva contratación, se percibirá un 75%de la pensión. Este porcentaje se incrementará con un 5% anual hasta al alcanzar 100%”.

Fijos-discontinuos: recuperación del coeficiente multiplicador del 1,5

La reforma de pensiones de 2023 estableció el reconocimiento pleno de los periodos de cotización a tiempo parcial y fijo-discontinuo con el mismo alcance que tiene reconocidos las personas que trabajan a jornada completa. 

“Esta equiparación es una reivindicación constante de CCOO y su concreción normativa en la reforma de 2023 ha corregido el doble efecto que tradicionalmente sufrían estas personas trabajadoras (mayoritariamente mujeres) a la hora de acceder a las prestaciones de Seguridad Social: el derivado del cómputo de los periodos reconocidos como cotizados (donde el tiempo parcial computa sólo como una fracción del tiempo trabajado) -ahora ya corregida-, y el derivado de la base de cotización (donde el salario se reduce proporcionalmente a la parte de jornada que se trabaja)”, señalan desde este sindicato.

Sin embargo, la nueva regulación no preveía el efecto que la desaparición del citado coeficiente sobre el colectivo de personas con parcialidad “vertical” (esto es, personas que realizan jornadas laborales completas de 8 horas, pero sólo durante algunos días de la semana/meses del año). En estos casos, el coeficiente del 1,5 garantiza mejor la cobertura completa de los periodos trabajados, de manera que ahora se recupera este coeficiente para el colectivo de trabajadores fijos-discontinuos.

Nuevo reglamento de jubilación anticipada por trabajos penosos

Se consideran trabajos penosos, tóxicos o peligrosos aquellos que se caracterizan por su especial dificultad, insalubridad o peligrosidad para la salud y seguridad de los trabajadores. Como tales, la legislación laboral reconoce medidas específicas para proteger a los empleados que los desempeñan. Se incluyen aquí, entre otros, trabajos como la minería, bomberos, policías y fuerzas de seguridad, personal de vuelo, trabajadores ferroviarios, artistas o profesionales taurinos, algunos de ellos autónomos.

Para estos, “se acuerda la modificación del Reglamento para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad. Se establecerá un nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores, así como varios indicadores objetivos. Estos indicadores se complementan con otros adicionales e informes epidemiológicos”, explica Pepe Álvarez.

Por su parte, en CCOO subrayan que los principales avances del texto se centran prioritariamente en la incorporación de dos elementos que dicen considerar estratégicos para garantizar la incorporación efectiva de la dimensión de penosidad por edad y la dimensión de género. “En concreto, destaca la inclusión de una referencia expresa respecto de la posibilidad de incorporar los informes epidemiológicos a instancia de los solicitantes”.

En el mismo sentido opera el compromiso contenido el proyecto de Real Decreto que se ha acordado para crear un Grupo de trabajo para el estudio de la dimensión de género y la penosidad en el desempeño del trabajo por la edad, con participación sindical, que debe estar constituido en un plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la norma y en el plazo de 6 meses debe proceder al estudio y valoración de las ocupaciones en sectores concretos donde los requerimientos físicos o psíquico a partir de una edad supongan penosidad, pero no acrediten elevados índices de morbilidad o mortalidad, para analizar la posibilidad de la jubilación parcial para estos sectores productivos.

Con el acuerdo, se regula el marco para la firma de convenios de colaboración a suscribir entre la Consejería de Sanidad de cada una de las Comunidades Autónomas, las Mutuas Colaboradoras en el marco del AENC (Acuerdo para la promoción del Empleo y la Negociación Colectiva). “Afectará sólo a bajas de carácter traumático. Las altas, confirmaciones y bajas seguirán correspondiendo al servicio público de salud. El paciente podrá revocar el consentimiento en cualquier momento del proceso”, matiza Pepe Álvarez.

Sistema de bonus

Recuerda por último, Pepe Álvarez que “el acuerdo recupera el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, lo que se conoce como bonus”.

Redacción EmprendedoresHablamos de emprendimiento desde 1997. Esta experiencia nos permite conocer la evolución del ecosistema y las tendencias que se mueven por el mercado
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