Para este 2024, se establece una nueva tabla general y tabla reducida de bases de cotización por tramos de ingresos previstos, siendo los topes de bases los siguientes:
La base máxima de cotización para el RETA se fija en los 4.720,50€, mientras que la base mínima se fija en 950,98€ para la tabla general y 735,29€ para la tabla reducida.
Para el año 2024, se mantiene en 28,30% para contingencias comunes; el 1,30% para las contingencias profesionales; el 0,9% para el cese de actividad; el 0,10% para la formación profesional. Por otro lado, se incrementa al 0,7% el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
Autónomos societarios y tarifa plana
A los autónomos societarios, así como a los autónomos colaboradores, no se les permite elegir una base de cotización durante 2024 que sea inferior a 1.000€.
En todo caso, y respecto de la conocida como tarifa plana de autónomos, debe señalarse que, para el año 2024 se mantiene, como en el año anterior en los 80€ durante los 12 primeros meses de actividad, con independencia de los ingresos obtenidos.
En los 12 meses siguientes, se podrá mantener la cuota de los 80€ mensuales siempre que los ingresos netos del autónomo sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se ha fijado para 2024 en 1.134€ mensuales (en 14 pagas al año).
Esto supone una subida anual de 15.120€ (el pasado año) a 15.876€ (para el año 2024).
Situación de pluriactividad
Se establece también para el 2024 la medida ya conocida de años precedentes que consiste en la devolución de cuotas de los autónomos que se encuentren en situación de pluriactividad.
De esta manera, los trabajadores autónomos tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso en el caso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 16.030,82€ mensuales.
Esto se aplicará con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.
EL CONSEJO DE LAS EXPERTAS
Simone Patricia López
Asesora Fiscal en JDA Madrid
Las medidas tomadas a principios de enero del 2023 respecto a la situación de la cotización de los autónomos y que se regula en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio se verá reflejado durante este año 2024.
A partir del año actual, los trabajadores por cuenta propia deberán seguir pagando la cuota que le corresponda en función del tramo en el que se encuentren con las regularizaciones de sus cuotas.
Este sistema establece un total de 15 tramos de cotización en los que el trabajador autónomo tendrá que ubicarse en función de su previsión de ingresos.
Los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota, si la comparamos con la base mínima de cotización anterior. Sin embargo, en los tramos más altos sí que hay un notable aumento.
El objetivo de este nuevo sistema es favorecer a aquellos trabajadores con ingresos más bajos.
Y además, los grandes beneficiados son los autónomos mayores de 48 años con altos ingresos que han visto como han eliminado el tope máximo de cotización lo que les permite aumentar la cotización de cara a las próximas jubilaciones.
Sin embargo, este enfoque no se encuentra exento de controversia, ya que los rendimientos netos inferiores al SMI actual de 1.323€, resultan prácticamente insostenibles para llegar a fin de mes.
Esto plantea una gran posibilidad que la mayoría de españoles no decida ser un trabajador por cuenta propia, y la mayoría de los autónomos actuales terminen pasando al Régimen General.
Puri Laserna
Asesora Jurídico-Laboral en GM Integra RRHH
Supongamos que eres un autónomo. La forma en que cotizas a la Seguridad Social ha cambiado. Ahora, se tienen en cuenta tus ingresos reales. Esto significa que, si ganas más, pagarás más, y si ganas menos, pagarás menos.
Para calcular cuánto debes cotizar, se ha creado una tabla con 12 tramos de cotización distintos de acuerdo a tus rendimientos netos, es decir, tus ingresos brutos menos los gastos deducibles y las cuotas a la Seguridad Social.
En esa tabla, se fija una base mínima de cotización y una máxima. La mínima es de 960€/mes y se aplica a aquellos autónomos que declaran unos rendimientos netos mensuales de entre 1.166,70€ – 1.300€. Por su parte, la base máxima es de 4.720.50€/mes y se aplica a aquellos que declaran unos rendimientos netos superiores a 6.000€/mes.
Así, debes prestar especial atención a lo siguiente:
• Realiza una estimación de los ingresos reales que esperas obtener durante el 2024.
• Verifica en la tabla de cotización publicada para el 2024, el tramo de cotización en que debes situarte de acuerdo a esos ingresos que esperas obtener y determina tu base de cotización.
• La base de cotización que inicialmente elijas dentro de ese tramo puede modificarse a lo largo del año hasta un total de seis veces, con la finalidad de compensar la diferencia entre el rendimiento inicialmente estimado y el que efectivamente vayas obteniendo a lo largo del año.
Es importante estar al corriente de la normativa vigente y consultar con un profesional del derecho para obtener asesoramiento personalizado sobre tu situación específica.