Atico34: “Las empresas sin canal de denuncias necesitan solución urgente para su situación”
Miguel Quintanilla, Director del Área de Compliance de la consultora, recuerda que las empresas con más de 50 empleados que no lo implementen se enfrentan a multas u otras sanciones.
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El pasado 30 de noviembre fue el último día para que las organizaciones con más de 50 empleados cumpliesen con las obligaciones que establece la Ley 2/2023 de protección del denunciante. Dicho de otro modo, desde el 1 de diciembre de 2023, todas las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a disponer de un canal de denuncias a través del cual los miembros de la empresa puedan denunciar irregularidades o infracciones de manera anónima.
En España existen alrededor de 26.000 empresas obligadas a implantar el canal de denuncias interno. Los estudios realizados reflejan que el grado de penetración de la Ley oscila entre el 70% y el 75%. Se calcula que 1 de cada 4 empresas obligadas todavía no tienen canal de denuncias, lo que traducido a cifras serían unas 6.000 empresas que todavía no cumplen con la Ley.
¿Qué obligaciones establece la Ley del canal de denuncias?
La Ley 2/2023 establece la obligación para todas las empresas con más de 50 trabajadores de implementar un canal de denuncias a través del cual, los empleados puedan denunciar infracciones o irregularidades dentro de la empresa desde un total anonimato, tanto de forma verbal como escrita.
Miguel Quintanilla, Director de Compliance de Atico34, indica que esto “supone la creación de un sistema de información totalmente separado del resto de sistemas de información de la empresa, en el que cobra especial importancia el anonimato, la protección del denunciante y la integridad de la información”.
“La creación de un canal de denuncias abarca muchas acciones, no solo el diseño, puesta en marcha y gestión del canal”
Miguel Quintanilla, Director de Compliance de Atico34
A su vez, desde la consultora señalan que “la creación de un canal de denuncias abarca muchas acciones, no solo el diseño, puesta en marcha y gestión del canal (…) se deben acometer muchas otras acciones, como informar y formar a los empleados en el uso del canal, comunicar la creación del canal a las autoridades de control o garantizar que los software o herramientas empleadas cumplen con las normativas de seguridad y protección de datos”.
¿Cómo implementar un canal de denuncias en la empresa?
Existen diferentes opciones a la hora de crear un canal de denuncias para empresas. Mientras algunas deciden realizarlo internamente, otras acuden a la ayuda de consultoras externas. Según Quintanilla, “la opción de apostar por una consultora externa gana enteros a medida que pasa el tiempo, ya que las empresas sin canal de denuncias necesitan solución urgente para su situación”.
Para el Director de Compliance de la compañía, contar con ayuda externa es fundamental ya que se trata de “un procedimiento que requiere de la participación de profesionales especializados en la materia, ya se trate de delegados de protección de datos o abogados con formación en compliance y creación de canales de denuncias”.
Quintanilla insiste en que en el caso de Atico34, la compañía cuenta con abogados expertos en compliance que asesoran en todo momento a sus clientes. Aparte de apoyar en todo lo relacionado con la creación y gestión del canal, los especialistas de la consultora también forman a los clientes en el uso del software para canal de denuncias, notifican cualquier acción a la autoridad de control pertinente o informan sobre cualquier actualización que se produzca en la normativa.
Atico34, además de apoyar en la creación y gestión del canal, cuenta con abogados expertos en compliance que asesoran en todo momento a sus clientes
Otro punto fundamental es el factor innovación. Las nuevas tecnologías permiten el uso de herramientas que simplifican en gran medida las tareas y que suponen un complemento perfecto a la labor de los abogados especializados en compliance. “En Atico34 tenemos nuestro propio software para canal de denuncias, una herramienta sencilla e intuitiva pero muy completa, que permite gestionar cualquier aspecto relacionado con el canal de denuncias. Gracias a ella se puede ahorrar mucho tiempo en la recepción, clasificación, tramitación, resolución y archivo de las denuncias”, asegura Quintanilla.
Para la consultora, esta integración entre herramientas tecnológicas y valor humano es lo que de verdad supone una ayuda a las empresas que lo necesitan. “Descargar un simple software o contratar una empresa solo porque ofrece un programa informático, es lo mismo que hacer el canal de denuncias uno mismo. Uno tiene que aprender a manejar el software desde cero y no recibe ninguna ayuda más (…) En Atico34 el software no es más que un complemento al trabajo de los abogados, que asesoran y respaldan al cliente desde la primera toma de contacto”.
Las empresas que ya están fuera de plazo pueden contactar con Grupo Atico34 en las oficinas centrales de la compañía en el Paseo de la Castellana, 95, 15, Madrid, desde el teléfono 91 489 64 19 o a través del correo electrónico grupo@atico34.com
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