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Los autónomos ya pueden acogerse a la Cuenta Corriente Tributaria

Los autónomos tienen este mes de octubre para acogerse a la Cuenta Corriente Tributaria. ¿Sabes qué beneficios ofrece este mecanismo y qué requisitos se exigen?

07/10/2023  David RamosGestión
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El periodo para acogerse a la Cuenta Corriente Tributaria durante el año 2024 comenzó el pasado 1 de octubre y se extenderá a lo largo del presente mes. Este mecanismo es una herramienta que ofrece a los autónomos la posibilidad de compensar las deudas fiscales pendientes con los reembolsos que Hacienda les debe.

“Sirve para equilibrar automáticamente las diferencias entre lo que el contribuyente debe a la Administración y lo que ésta le debe a él”, explica Marta Zaragozá, CEO de Declarando, plataforma de asesoramiento fiscal para trabajadores por cuenta propia.

“Los autónomos pueden dejar el pago del IVA del último trimestre del año a compensar con el de futuros trimestres. Sin embargo, con la Cuenta Corriente Tributaria no sólo podrán compensar con el IVA, sino también con otros tipos de impuestos”, agrega.

Así pues, los autónomos pueden utilizar la Cuenta Corriente Tributaria para compensar los créditos reconocidos relacionados con el IRPF, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes en casos designados, el Impuesto de Sociedades y el IVA.

Por ejemplo, si un autónomo tiene pendiente la devolución de la Renta, pero tiene que pagar el IVA del tercer trimestre, este mecanismo compensa automáticamente su deuda. Es decir, si la Administración te tiene que devolver 300 euros y tú tienes que pagar 500 euros, habrá que abonar únicamente la diferencia en la autoliquidación del IVA de dicho trimestre: 200 euros.

Sin embargo, ciertas deudas fiscales no pueden incluirse en este sistema. Declarando detalla que no se pueden incorporar las deudas derivadas de declaraciones y liquidaciones presentadas fuera de plazo, las liquidaciones provisionales o definitivas realizadas por la Administración, devoluciones reconocidas en procedimientos especiales de revisión o las relacionadas con el IVA por importaciones.

Requisitos de acceso al sistema

La normativa establece algunos requisitos que los contribuyentes deben cumplir para acogerse a este sistema. En primer lugar, quienes lo soliciten deben ser empresarios o autónomos que estén obligados a presentar declaraciones tributarias periódicas de IVA.

También deben tener un total de créditos reconocidos durante el año anterior a la solicitud equivalentes al 40% de las deudas tributarias devengadas en el mismo período, tal y como explica la plataforma de asesoramiento.

Otra de las exigencias es que los solicitantes tienen que haber presentado en el último año todas las autoliquidaciones a las que estén obligados.

Por último, los autónomos que deseen incorporarse a este sistema no pueden tener deudas o sanciones tributarias pendientes con la Administración, a menos que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas.

“Si la solicitud es aprobada, Hacienda irá haciendo anotaciones en la cuenta corriente de manera trimestral los días 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre, que indicarán las deudas o devoluciones resultantes de aplicar la compensación. A partir de esas fechas, el obligado tiene diez días para formular sus alegaciones”, explica la CEO de Declarando.

Además, Zaragozá recuerda que los créditos y débitos no serán exigibles de manera individual durante la vigencia de la cuenta corriente, sino por el saldo resultante de la misma después de la liquidación. Y en caso de que la liquidación provisional sea una cantidad a ingresar, las deudas deberán pagarse en el plazo que marque la normativa de cada impuesto.

Otras ayudas para autónomos

El objetivo de este sistema es simplificar los pagos e ingresos de aquellos autónomos y empresarios que tienen interacciones regulares con la Hacienda. Pero también se han puesto en marcha otras medidas con el fin de impulsar el emprendimiento, como la tarifa reducida y la cuota cero, como ya contábamos en EMPRENDEDORES.

Además de las subvenciones estatales, son varias las comunidades autónomas que disponen de ayudas las personas que empiezan a trabajar por cuenta propia por primera vez.

David RamosDesde 2006, soy periodista freelance especializado en información económica, técnica y sectorial.
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