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8 dudas y errores al iniciar una actividad como autónomo

Los trámites burocráticos al arrancar la actividad como autónomo pueden ser muy engorrosos. Te indicamos cuáles son las principales dudas y errores que suelen surgir.

20/09/2024  David RamosGestión
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Si has empezado a trabajar como autónomo te habrás dado de bruces con las complicaciones que supone la burocracia.

Aunque los trámites se han ido simplificando y ahora pueden ser realizados de forma telemática, cualquiera que se enfrente a un formulario oficial sabe que es fácil cometer algún fallo a la hora de rellenarlo, lo que se puede tener diversas consecuencias.

“Cometer errores a la hora de tramitar el alta de autónomos es bastante sencillo. Es necesario conocer al detalle las características de la actividad que el nuevo profesional por cuenta propia va a desarrollar y el tipo de régimen al que debe acogerse. Cometer errores en este punto puede traducirse en requerimientos de Hacienda, posibles sanciones, recargos o pérdida de bonificaciones en la Seguridad Social”, explica Marta Zaragozá, CEO de Declarando, empresa de software de asesoramiento fiscal para trabajadores por cuenta propia.

Esto hace que la mayor parte de los autónomos se pongan en manos de gestores para que se ocupen de dicho papeleo, ya que estos profesionales están familiarizados con este tipo de trámites y, por tanto, en menos probable que incurran en errores. No obstante, has de tener en cuenta que ellos tampoco son infalibles y también pueden confundirse, sobre todo si desarrollas algún tipo de actividad que se sale de lo habitual, si realizas trabajos exentos de IVA, si facturas a clientes fuera de España, etc.

Dudas y errores frecuentes

Declarando ha detectado que la mayoría de los nuevos trabajadores por cuenta propia tienen las mismas dudas y caen en idénticos errores cuando se dan de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Son los siguientes:

1. Darse de alta después de haber iniciado actividad

El alta de autónomo ha de tramitarse el mismo día o antes del inicio de la actividad por cuenta propia. Si la actividad comienza antes de estar dado de alta y la Seguridad Social lo descubre, te expones a sanciones que contemplan la pérdida del derecho a una bonificación en la cuota de autónomo (por ejemplo, la tarifa plana de autónomo) o el pago de un recargo de entre el 10% y el 20% en la cuota, según indica Declarando.

2. Alta en Hacienda antes que en la Seguridad Social

La compañía de asesoramiento recuerda que hay que solicitar el alta de autónomo en la Seguridad Social y en Hacienda el mismo día, para que la fecha de comienzo de la actividad concuerde en ambos organismos y evitar posibles problemas futuros.

En cualquier caso, recuerda que la ley permite tramitar el alta en la Seguridad Social hasta 60 días antes de empezar la actividad, pero no al revés.

3. No realizar el alta previa en Hacienda si existen gastos antes de arrancar

Si quieres deducirte cualquier gasto previo al inicio de la actividad —amueblar una oficina, hacer un estudio de mercado, comprar equipos informáticos…—, es preciso solicitar el alta previa en Hacienda.

“De lo contrario, estos gastos deducibles antes del inicio de la actividad no contarán como tales y no será posible desgravar el IVA ni deducirlo en la renta. Aunque es bueno tener en cuenta que hay una opción en Hacienda cuando haces el alta que te permite deducir inversiones para empezar la actividad”, detalla Declarando.

La compañía especifica que el alta previa en Hacienda es un procedimiento que se realiza a través de los modelos modelo 036 o 037, los destinados al alta de autónomo, donde se debe marcar la casilla 504 e indicar la fecha de inicio de actividad en la casilla 505.

4. No solicitar la tarifa plana en el formulario de alta en el RETA

La tarifa plana de la Seguridad Social es una de las ayudas existentes actualmente para autónomos, como recogíamos en este artículo.

Si reúnes las condiciones para beneficiarte de esta bonificación, debes solicitarla en el momento del alta en el RETA. Si no lo haces, la Seguridad Social aplicará la cuota correspondiente, sin ningún tipo de beneficio como nuevo autónomo.

5. No solicitar la compatibilización con el paro o la capitalización

Declarando subraya que los nuevos autónomos que están cobrando la prestación por desempleo pueden compatibilizarla con su nueva actividad durante los primeros 9 meses.

“Para hacerlo, deberán solicitarlo en los 15 días posteriores al alta en la Seguridad Social. Este beneficio permite percibir el 100% de la prestación, con independencia de los ingresos”, especifica.

Otra opción disponible para los nuevos trabajadores por cuenta propia es capitalizar el paro, cobrando todo lo pendiente en un solo pago o en mensualidades. “La capitalización del paro se debe solicitar un mes antes de iniciar la actividad. Su solicitud es más compleja, ya que debe ir acompañada de una memoria que explique dónde se invertirá el dinero del paro, junto con un compromiso de al menos 5 años con la actividad”, puntualiza la firma.

6. Calcular mal los rendimientos netos al solicitar el alta de autónomo

El nuevo sistema de cotización de los autónomos se basa en los rendimientos netos obtenidos, por lo que hay que informar de los mismos al darse de alta en la Seguridad Social.

Declarando señala que los nuevos trabajadores por cuenta propia suelen tener dudas en la manera de calcularlos. “La manera correcta de hacerlo es calculando la diferencia de los ingresos y gastos previstos, a lo que se debe aplicar después un descuento genérico del 5%”, anota.

¿Qué pasa si los calculas mal? Si te has acogido a la tarifa plana, no hay problema, ya que cotizarás automáticamente por la base general mínima, con independencia de los ingresos netos que obtengas.

Si del cálculo resultan unos rendimientos netos más altos de los reales, la Seguridad Social devolverá lo que hayas pagado de más en cotizaciones al año siguiente.

Sin embargo, si tu cálculo es inferior a la cifra real, la Seguridad Social exigirá el pago de la diferencia en el año siguiente, aunque sin ningún tipo de recargo.

7. No indicar a Hacienda que trabajas desde casa

En modelo 036 o 037 de alta de autónomo puedes indicar el lugar en el que se va a desarrollar la actividad, contando para ello con las casillas que van de la 413 a la 423.

“Es importante anotar si el lugar de trabajo va a ser la vivienda habitual del autónomo para poder acceder a las deducciones pertinentes por gastos de vivienda en el IRPF”, remarca la compañía.

8. Elegir el epígrafe de IAE equivocado

“Elegir correctamente el epígrafe en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es una de las tareas más importantes para cualquier nuevo autónomo, puesto que éste determinará las obligaciones fiscales y permite deducir gastos. Por ejemplo, si se debe facturar con o sin IVA, los modelos fiscales a presentar o el régimen de IRPF”, reseña Declarando.

Además, insiste en que equivocarse de epígrafe supone un incumplimiento de las obligaciones fiscales reales, “lo que puede conllevar recargos y sanciones que dependerán del modelo y de la cantidad no declarada”.

David RamosDesde 2006, soy periodista freelance especializado en información económica, técnica y sectorial.
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