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Marcos Luque abogado de Derecho Mercantil de Roca Junyent
Marcos Luque Abogado de Derecho Mercantil de Roca Junyent – Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Mecanismos legales y contractuales para combatir la inflación

Este experto recomienda abordar la inflación de precios a través de la negociación contractual para una gestión financiera de las empresas que perdure en el tiempo.

09/12/2023  Redacción EmprendedoresFirmas
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Mecanismos legales y contractuales para combatir la inflación

El pasado 5 de mayo de 2023, se publicó el estudio ‘Tomando el pulso a las pymes’ de BBVA, en el que se analizaban cuáles son las mayores preocupaciones de las pymes españolas, encabezando la lista la inflación. Concretamente, según el estudio, este fenómeno económico es ya la principal preocupación del 47% de las pequeñas y medianas empresas nacionales.

La inflación es un fenómeno económico que está afectando gravemente no solo a los consumidores, sino que también tiene un impacto trascendental en la situación económica y financiera de las empresas. Cuando los precios de los bienes y servicios aumentan constantemente, las empresas pueden enfrentar desafíos significativos en términos de costes de producción y márgenes de beneficio.

Para realizar un análisis correcto del problema, habría que diferenciar las distintas posiciones de las empresas en las relaciones comerciales afectadas por la inflación.

Por un lado, las empresas consumidoras de bienes y servicios para su actividad productiva pueden ver reducidos sus márgenes empresariales si soportan las subidas en sus compras de materias primas u otros elementos, pero no tienen la capacidad de repercutir la misma variación porcentual en el precio de los productos finales que venden a sus clientes, viendo reducidos sus márgenes operativos. En estos casos, sería recomendable recurrir a diversos mecanismos contractuales.

Contratos de precios fijos

La fijación de precios o fixed pricing es un mecanismo contractual que las empresas utilizan para protegerse contra la inflación. Estos contratos establecen un precio específico para un bien o servicio y, en caso de escenarios inflacionarios, los precios acordados no experimentarán variaciones durante la ejecución del contrato. Esto puede ser beneficioso tanto para las empresas como para sus clientes, ya que proporciona certeza en cuanto a costes de producción y precios de venta.

Sin embargo, es importante que estas cláusulas se redacten cuidadosamente y tengan cobertura legal y regulatoria propia del sector económico en el que se desenvuelva la empresa. También es recomendable definir claramente los términos y condiciones para cualquier posible renegociación de precios en caso de cambios significativos en los costes de producción.

Estrategias de compras y abastecimiento

Otra forma de intentar limitar los efectos de la inflación sería mediante la adopción de estrategias de compras y abastecimiento, que, aunque no son medidas estrictamente jurídicas, también desempeñan un papel fundamental. Las empresas pueden buscar proveedores que ofrezcan precios competitivos y acuerdos a largo plazo. Al establecer relaciones sólidas con sus proveedores, las empresas pueden negociar mejores términos y condiciones, lo que puede ayudar a mantener los costes bajos a pesar de la inflación.

Además, la diversificación de fuentes de suministro y la monitorización constante de los precios de las materias primas son prácticas comunes para garantizar que las empresas estén preparadas para enfrentar los desafíos de la inflación de precios.

En el caso de los proveedores, es adecuado que las subidas puedan estar topadas o beneficiarse de descuentos por haber alcanzado un determinado volumen de compra (rappels sobre compras), aunque estos mecanismos suelen incluirse en aquellas relaciones comerciales con altos volúmenes de compras, no siendo de fácil aplicación para las empresas de tamaño más reducido.

Por otro lado, en el caso de empresas industriales, que son vendedoras de bienes o servicios, tienen intereses contrapuestos a las anteriores, pues, al contrario del caso anterior, sus márgenes pueden verse reducidos precisamente en el caso del mantenimiento de precios fijos en escenarios inflacionarios.

Para estas empresas, suele ser recomendable aplicar la indexación de precios, mediante la cual, el precio de los contratos variará en el mismo porcentaje que la variación que experimenta un índice concreto que designan las partes, y que suele guardar relación con el bien o servicio en cuestión.

El ejemplo más habitual es el del Índice de Precios al Consumo (IPC), aunque existen otros índices de precios menos conocidos, como el Índice Armonizado de Precios al Consumidor (IPCA) en la Unión Europea, Índice de precios del petróleo crudo Brent, así como otros que guardan relación con sectores industriales, como el Índice de Precios Industriales (IPRI).

En cualquiera de los casos, en aquellos supuestos en los que ninguna de las partes tiene un poder de negociación demasiado alto, es recomendable mantener cierta equidad para evitar perjudicar en exceso la posición contractual de alguna de las partes, ya sea proveedor o cliente. Para dar solución a estas situaciones, es recomendable incluir algún mecanismo que permita dar salida a alguna de las partes, en caso de que la relación contractual devenga excesivamente gravosa para alguna de las empresas.

La denominada cláusula de renegociación es otro mecanismo que las empresas pueden utilizar para paliar la inflación. Estas cláusulas permiten a las partes de contratos de tracto sucesivo volver a evaluar y ajustar los precios en función de cambios en los costes de producción, como el aumento de los precios de las materias primas, así salir de la relación comercial si se cumplen las condiciones previstas, que habrán de ser negociados específicamente, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

Las cláusulas de renegociación pueden ser particularmente útiles en industrias donde los costes de producción son volátiles y difíciles de prever. Sin embargo, es importante que estas cláusulas se redacten de manera equitativa y justa para ambas partes, y que cumplan con las leyes y, del mismo modo que en el fixed pricing, deben tener cobertura legal y regulatoria propia del sector económico en cuestión.

Cumplimiento de regulaciones de precios

En algunos casos, las empresas pueden estar sujetas a regulaciones de precios impuestas por el gobierno o autoridades reguladoras. Estas regulaciones pueden incluir límites a los aumentos de precios, controles de precios máximos o políticas de estabilización de precios, con el fin de garantizar el consumo por todos o de evitar infracciones de las normas básicas de competencia.

Ejemplos destacados de lo anterior son las regulaciones de precio contenidas en los artículos 17 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, o los artículos 13 a 15 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (prohibición de las ventas a pérdidas si se dan determinadas circunstancias).

Además, para combatir la inflación de precios y cumplir con estas regulaciones, las empresas deben estar al tanto de las distintas regulaciones nacionales que afectan a determinadas industrias, como es el caso actual del gas y las telecomunicaciones, que están topados en España. Esto implica el cumplimiento de los límites de precios, la presentación de informes y la cooperación con las autoridades para evitar sanciones y multas.

Revisión de precios en los contratos públicos

El pasado 10 de mayo de 2023 entraba en vigor la Disposición Final 7ª de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, que recupera la revisión de precios para todos los contratos públicos, lo que afecta a los contratos de suministro y servicios, que no tenían hasta ahora la posibilidad de aplicar el régimen de revisión de precios.

Desde 2015, solo se podían revisar los precios en los contratos de obra, en los contratos de suministros de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, en los contratos de energía y en aquellos otros contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igual o superior a cinco años.

Ahora, con esta modificación, se amplía la posibilidad de revisar los precios de los contratos públicos al resto de contratos de suministro y de servicios, si bien sujeto a ciertas restricciones.

Un aspecto importante en la revisión de contratos púbicos es que no se considerarán revisables, en ningún caso, los costes asociados a las amortizaciones, los costes financieros, los gastos generales o de estructura ni el beneficio industrial.

En conclusión, abordar la inflación de precios a través de la negociación contractual es importante para la gestión financiera de las empresas españolas, en un escenario económico de absoluta incertidumbre.

Es recomendable negociar contratos flexibles con mecanismos que permitan que la relación comercial perdure en el tiempo, sin que afecte de forma extraordinaria a ninguna de las partes, fortaleciendo la confianza que debe existir en este tipo de vinculaciones.

Marcos LuqueAbogado de Derecho Mercantil de Roca Junyent – Gaona, Palacios y Rozados Abogados
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