Discapacidad y emprendimiento, una fórmula que está en plena expansión. Por ello, Fundación ONCE e Inserta Empleo ofrecen numerosos servicios y ayudas económicas a los emprendedores con discapacidad para facilitarles el proceso en todo su recorrido, desde perfilar la idea de negocio hasta sus primeros pasos en el ámbito empresarial. En esta noticia encontrarás, además, las ventajas reservadas a las personas con discapacidad que se den de alta como autónomo, requisito imprescindible para trabajar por cuenta propia.
Lo primero que has de saber:
Descuentos en la cuota autónomo
Durante los doce primeros meses, los autónomos con discapacidad pagarán a la Seguridad Social lo mismo que el resto de los autónomos, 60 euros mensuales, menos/salvo en aquellos casos en que el emprendedor con discapacidad descarte la base mínima de cotización (735,29 euros), pudiendo así beneficiarse de una bonificación del 80% de la cuota durante el primer año, y del 50% en los siguientes cuatro.
Si se reside en una población de menos de 5.000 habitantes, la tarifa plana de los autónomos con discapacidad sería de 60 euros durante los dos primeros años. Los tres siguientes, se abonará la mitad de la cuota normal.
Para los autónomos con discapacidad, la tarifa plana se extiende a cinco años, a diferencia de los dos de cuotas reducidas de los demás autónomos.
Para acceder a estas bonificaciones, hay que reunir alguno de estos dos requisitos:
► Estrenarte como autónomo o no haber estado dado de alta al menos los dos años anteriores.
► Haber sido autónomo sin discapacidad y tenerla, de manera sobrevenida, después del 1 de enero de 2019.
Para los autónomos con discapacidad, la tarifa plana se extiende a cinco años, a diferencia de los dos de cuotas reducidas de los demás autónomos
Deducción por arrendamientos de la vivienda habitual
Otra de las ventajas de darse de alta como autónomo teniendo discapacidad es la deducción por arrendamientos de la vivienda habitual.
Para beneficiarte de ella, el grado de discapacidad física, psíquica o sensorial ha de ser igual o superior al 65%. En ese caso, podrás deducir un diez por ciento del importe anual del alquiler, siendo la cantidad máxima deducible 300 euros en la declaración individual y 600 en la conjunta (sin importar el hecho de que la discapacidad la presente el autónomo o su cónyuge). Eso sí, la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro debe ser inferior a 22.946 euros en el caso de presentar la renta individual y de 31.485 euros si se trata de declaración conjunta.
Por último, para optar a esta desgravación fiscal, el total pagado en concepto de alquiler anual no puede sobrepasar el 10% del total de la renta de 2021.
Ayudas para asistencia técnica
Los autónomos con discapacidad también pueden beneficiar de distintas ayudas para la asistencia técnica en el caso de necesitarlas (softwares específicos, todo tipo de adaptaciones, etc.), las administraciones públicas sufragan hasta el 75% de esos costes, hasta un máximo de 2.000 euros.
Por último, los autónomos con discapacidad disponen de ayudas para formación, de hasta 3.000 euros, para todo tipo de cursos relacionados con su negocio, que cubren hasta el 75% de los costes.
¿Quieres saber más? Puede ponerte en contacto con Fundación ONCE e Inserta Empleo, te resolvemos cualquier duda: consultas.inserta@fundaciononce.es
La actividad de Inserta Empleo se enmarca en los programas estatales FSE+ de ‘Empleo Juvenil’ (CCI 2021ES05SFPR001) y de ‘Inclusión Social, garantía infantil y lucha contra la pobreza’ (2021ES05SFPR003), así como en el programa FSE+ de la Comunidad Autónoma de Canarias, InclUEmpleo Atlántida (CCI2021ES05SFPR009), que está desarrollando Fundación ONCE a través de Inserta Empleo, con la cofinanciación de la Unión Europea para incrementar la formación y el empleo de las personas con discapacidad.