En un esfuerzo por simplificar el proceso de creación de empresas y fomentar el emprendimiento, la Ley Crea y Crece ha introducido una serie de reformas que buscan reducir las barreras administrativas y agilizar los trámites.
Sí es cierto que con ello, ciertos aspectos se han simplificado bastante, pero la constitución de una empresa sigue siendo algo complejo que requiere una gestión cuidadosa de los trámites, algo que puede resultar abrumador para cualquier emprendedor, especialmente si se enfrenta solo a este proceso.
En este sentido, contar con el apoyo adecuado puede resultar crucial para evitar complicaciones y asegurarse de que todo se haga correctamente desde el principio.
Aquí es donde el asesoramiento especializado puede marcar una gran diferencia en cuanto a la tranquilidad que aporta saber que las cosas se están haciendo bien y en los plazos adecuados. De hecho, contar con apoyo profesional puede significar pasar de un inicio complicado a uno fluido y exitoso.
No es raro que, ante tanta burocracia, muchos emprendedores busquen asesoramiento especializado para simplificar el proceso
Aprovechar estos recursos, que facilitan considerablemente la creación de empresas, permite a los emprendedores centrarse en lo que realmente importa: hacer realidad su idea de negocio.
Por ejemplo, en BBVA, junto con la asesoría especializada Ayuda T Pymes, te ofrecen asesoramiento profesional sin coste para que las gestiones de constitución de tu empresa no te quiten las ganas de emprender. Ayuda T Pymes te acompañará durante todo el proceso de constitución de tu empresa y te ayudará con las gestiones y el papeleo. Solo tienes que abrir una Cuenta Empresas Bienvenida sin comisiones. Además, podrás ahorrar hasta 720 € brutos en 6 meses al domiciliar tus impuestos y/o seguros sociales, un ahorro especialmente útil durante los primeros meses de operación, cuando cada recurso es valioso para el crecimiento del negocio.
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Conocer los trámites es clave, incluso si cuentas con ayuda
Contar con asesoramiento especializado es fundamental para gestionar el proceso de creación de una empresa con confianza y tranquilidad. Sin embargo, también es importante estar familiarizado con todos los trámites necesarios para que puedas comprender cada paso del camino. El proceso se pueden dividir en dos fases:
• La primera consiste en la configuración del soporte jurídico; es decir, la constitución de la empresa para poder ejercer una actividad económica.
• Una vez constituida, deberás ponerla en marcha mediante su inscripción en el Registro correspondiente, así como adquirir las licencias y autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad.
Ambos procesos requieren, a su vez, de una serie de trámites gestionados en diferentes niveles administrativos: central, autonómico y local. A continuación, los repasamos con más detalle.
Trámites para la puesta en marcha de una empresa
Para crear una empresa, estos son los trámites generales que recoge Plataforma Pyme, la iniciativa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo orientada a apoyar el desarrollo y la expansión de las pequeñas y medianas empresas en el país:
✓Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad que han de presentar a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades.
• Dónde se lleva a cabo: Agencia Tributaria (AEAT).
✓ Impuesto sobre Actividades Económicas. Es un tributo derivado del ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas.
• Dónde se lleva a cabo: Agencia Tributaria (AEAT).
✓ Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). Régimen que regula la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos (empresarios individuales), comuneros y los socios y administradores de algunas sociedades.
• Dónde se lleva a cabo: Tesorería General de la Seguridad Social.
✓ Obtención de un certificado electrónico. El certificado electrónico posibilita firmar documentos electrónicos e identificar inequívocamente al propietario de la firma.
• Dónde se lleva a cabo: Autoridades de certificación.
✓ Alta de los socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social. El alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda en cada caso, estará condicionado al tipo de sociedad y/o a la participación en el capital social.
• Dónde se lleva a cabo: Tesorería General de la Seguridad Social.
✓ Legalización del Libro de actas, del Libro registro de socios, del Libro registro de acciones nominativas y del Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad. La legislación actual obliga a las sociedades mercantiles a llevar unos libros-registro (de actas, de socios o de acciones) y a realizar anualmente su presentación en el Registro Mercantil.
• Dónde se lleva a cabo: Registro Mercantil Provincial.
✓ Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales. Todos los empresarios que lleven su contabilidad según las disposiciones del Código de Comercio deberán elaborar los siguientes documentos contables: un Libro Diario y un Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
• Dónde se lleva a cabo: Registro Mercantil Provincial.
Es importante gestionar los trámites en sus plazos para evitar generar retrasos, errores o incluso problemas legales en el futuro
Trámites para constituir una empresa
El primer paso para constituir una empresa es elegir la estructura legal más adecuada. Tomar esta decisión no es una tarea menor, ya que cada opción tiene implicaciones en términos de responsabilidad personal, fiscalidad, control del negocio y obligaciones administrativas, por lo que debe ser evaluada cuidadosamente para asegurarse de que se alinea con los objetivos y necesidades de cada proyecto y cada emprendedor.
Las formas jurídicas más habituales son la sociedad limitada y la sociedad anónima. En ambos casos, los trámites para la constitución son los siguientes:
✓ Certificado en el Registro Mercantil. Este paso oficializa la existencia de la empresa y es necesario para operar legalmente, ya que permite comprobar mediante el certificado negativo que la denominación social de una empresa es única y que no coincide con ninguna otra. Además, este documento es necesario para la escritura notarial de la empresa.
✓ Obtener el NIF provisional (Número de Identificación Fiscal). Este número es necesario para registrar la empresa ante el Registro Mercantil. Se solicita en la Agencia Tributaria antes de realizar cualquier entrega, prestación o adquisición de bienes o servicios, percepeción de cobros o abono de pagos, o contratación de personal.
✓ Abre una cuenta bancaria. La Cámara de Comercio especifica que es necesario establecer una cuenta bancaria única y exclusiva para la empresa donde se depositará el capital social. Será necesario solicitar a la entidad un certificado en el que conste el depósito en el banco, los datos de los socios de la empresa y las aportaciones realizadas. Esta cuenta además de ayudar a gestionar las finanzas de la empresa de manera ordenada y facilita cumplir con las obligaciones fiscales y laborales.
✓ Redactar los estatutos sociales. Este documento es fundamental, ya que define las normas internas de funcionamiento de la empresa, los derechos y deberes de los socios, la manera en que se distribuirán de los beneficios o cómo se tomarán las decisiones. También debe incluir la denomanicación de la empresa y su domicilio social. Ojo con la redacción, porque si es incorrecta o ambigua, puede generar conflictos en el futuro.
✓ Escriturar la empresa ante notario. La escritura de constitución de una empresa es el documento jurídico que se firma ante notario a través del cual el socio/socios hacen constar de forma legal su voluntad de crear una empresa para poder llevar a cabo una actividad económica determinada.
Para realizar este trámite hay un plazo de seis meses desde la expedición de la certificación negativa de la denominación social. Además, es necesario aportar los estatutos sociales y los documentos de identidad de los socios de la empresa.
✓ Registro Mercantil Provincial. Es el momento de constituir tu empresa ante el Registro Mercantil y así obtener la plena competencia jurídica. Hay que hacerlo en el registro mercantil de la provincia en la que esté localizada la empresa dentro del mes siguiente al otorgamiento de la escritura pública y aportar la escritura de constitución y el NIF provisional.
Este paso (ni ninguno de los anteriores) significa que el nombre esté protegido como marca. Para garantizar la protección jurídica del nombre comercial, es necesario registrarla en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
✓ Solicitud del número de Identificación Fiscal definitivo. El NIF definitivo se solicita en la Agencia Tributaria. Puedes hacerlo de forma telemática con certificado digital, presentando el modelo 036, con la casilla 120 marcada. Además, deberás presentar una copia de la escritura pública, el certificado de inscripción en el Registro Mercantil y una fotocopia del NIF de la persona que firme la declaración censal.